¿Por qué estar asegurado?

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Por qué

Seguro de EDIFICIO

Sr. Administrador de consorcios, ahora en DSEGURO Ud. podrá contratar el seguro para el consorcio que administra, al mejor precio de mercado y con la mayor cobertura.

¿Se le concede algún beneficio al administrador al contratar el seguro de edificio en DSEGURO?
Sí, dependiendo la cantidad y los montos del seguro a contratar, DSEGURO le reconocerá mensualmente una valor económico durante todo el plazo que dure la póliza.
Este valor es una liberalidad y beneficio exclusivo y particular de DSEGURO, que no condiciona ni vincula al contrato de seguro de edificio con el administrador.

¿Cuáles son las coberturas y beneficios del seguro integral de edificio?
Incendio Edificio (partes comunes). Cubre los daños materiales por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. Daños materiales por impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes y/o carga transportada. Daños por humo, huracán, ciclón y tornado. Incluye la cobertura de Huracán, Ciclón y/o Tornado.

Cristales. Ampara la rotura o rajadura de los mismos, siempre que se encuentren instalados en forma vertical en las partes comunes del consorcio.

Robo Contenido General: Ampara el robo de bienes que sean propiedad común del consorcio asegurado (Ej.: sillones, mesas, lámparas, elementos ornamentales)

Responsabilidad Civil Comprensiva. Ampara al Asegurado por cuanto deba a un tercero en razón de la responsabilidad civil que surge de los arts. 1109 al 1136 del Código Civil, incluyendo las coberturas de daños por incendio, rayo, explosión, escape de gas, descargas eléctricas, uso de ascensores y montacargas, calderas, carteles y/u objetos afines.

Responsabilidad Civil a consecuencia de incendio y/o explosión.  Ampara al Asegurado por cuanto deba a un tercero por daños ocasionados a los edificios linderos por la acción directa o indirecta del fuego, rayo y explosión (se excluyen lesiones a personas).
Seguro Técnico. Ampara contra todo riesgo a los equipos electrónicos que se utilicen dentro del consorcio y que se encuentren específicamente detallados en la póliza.

Además, el seguro de edificio otorga las siguientes coberturas adicionales:
Huracán, ciclón y tornado (edificio)
Granizo - Edificio.
Terremoto - Edificio.
Daños por Agua.

También podrá contratarse seguro de edificio con coberturas para los consorcistas:
Incendio Contenido General. Cubre los daños materiales por la acción directa o indirecta del fuego, rayo o explosión. Daños materiales por impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes y/o carga transportada, daños por humo, huracán, ciclón y tornado. Incluye la cobertura de Huracán, Ciclón y/o Tornado.

Cristales. Ampara la rotura o rajadura de los mismos, siempre que se encuentren instalados en forma vertical en las partes comunes del consorcio.

Robo Contenido General. Ampara el robo de bienes que sean propiedad del consorcista.

Aparatos Electromecánicos. Se amparan los siguientes aparatos: TV; videograbadora y/o reproductora; DVD; equipos de audio y PC para uso particular (excluidas notebooks).

 

 

 

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